Abogado para modificación de medidas en divorcio y custodia

Asesoramiento legal cuando han cambiado sus circunstancias económicas, personales o familiares y es necesario revisar las medidas fijadas en sentencia.

 

Asesoramiento legal en modificación de medidas

Cuando existe una sentencia de divorcio, guarda y custodia o medidas paterno-filiales, las circunstancias pueden cambiar con el paso del tiempo. Si su situación económica, personal o familiar ya no es la misma que cuando se dictó la resolución, puede ser necesario solicitar una modificación de medidas para adaptar el contenido de la sentencia a la realidad actual. En nuestro despacho estudiamos su caso y le orientamos sobre la viabilidad del procedimiento y los pasos a seguir.

¿En qué podemos ayudarle?

Ofrecemos asesoramiento legal en procedimientos de modificación de medidas cuando se ha producido un cambio importante y estable en la situación económica, personal o familiar de alguna de las partes. Analizamos la sentencia vigente, valoramos la viabilidad del procedimiento y le ayudamos a solicitar la revisión de aquellas medidas que ya no se ajustan a la realidad actual.

Cómo enfocamos una modificación de medidas

La modificación de medidas puede ser una opción cuando las circunstancias actuales ya no coinciden con las existentes en el momento en que se dictó la sentencia. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si se ha producido una alteración importante en la situación económica de uno de los progenitores, en las necesidades de los hijos o en la organización familiar. Cada caso debe analizarse de forma concreta para determinar si procede solicitar la revisión judicial.

Preguntas frecuentes sobre modificación de medidas

Cuando se ha producido un cambio relevante y estable en las circunstancias económicas, personales o familiares que se tuvieron en cuenta al dictarse la sentencia.

 

Pueden revisarse medidas como la guarda y custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, el uso de la vivienda familiar o determinados gastos extraordinarios.

 

Sí. No basta con querer cambiar lo acordado. Debe existir una alteración relevante de las circunstancias y, además, debe poder acreditarse adecuadamente.

 

Dependerá del caso, pero suele ser importante aportar la sentencia previa y la documentación que acredite el cambio de circunstancias, como justificantes económicos, informes o documentación familiar.

 

 

Cuéntenos su caso y le ayudaremos a valorar la mejor solución legal

Ofrecemos asesoramiento legal en derecho civil y penal, con atención clara, personalizada y respuesta por email o WhatsApp en un máximo de 12 horas laborables.